viernes, 6 de febrero de 2026

Protección madre trabajadora. Incumplimientos del empleador.

 


RESOLUCIÓN  N° 2017-2025-SUNAFIL/TFL-PRIMERA SALA

MATERIA: Incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la protección de la madre trabajadora durante los períodos de embarazo y maternidad, y presunta comisión de actos de hostilidad laboral.

Del caso .  El procedimiento sancionador tuvo origen en una inspección laboral orientada a verificar el cumplimiento de la normativa sociolaboral, específicamente en materia de protección de la madre trabajadora durante los períodos de embarazo y lactancia, así como respecto de presuntos actos de hostilidad laboral. 

Sanciones.. Dicha inspección generó la imposición a la empresa de 02 sanciones por actos de hostilidad y por no cumplir con las disposiciones relacionadas con la protección de la madre trabajadora.

Defensa del empleador..Al no encontrarse de acuerdo con lo impuesto, la empresa inspeccionada interpuso un recurso de revisión, alegando que en ningún momento la trabajadora gestante estuvo expuesta a algún riesgo por accionar de la empresa. 

Asimismo, alegó que el tipo contenido en la infracción referida al cumplimiento con las disposiciones relacionadas con la protección de la madre trabajadora abarca un conjunto de trabajadoras, por lo que no puede ser impuesta por una supuesta falta dirigida a una solo trabajadora gestante. 

En Tribunal Fiscalización Laboral  ( TFL )Al analizar el caso, el Tribunal, por un lado, en relación con la infracción referida al incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la protección de la mujer trabajadora durante el embarazo y la maternidad, señala que la conducta imputada se encontraba debidamente acreditada, ya que la empresa no otorgó a la trabajadora gestante la licencia pre y post natal ni adoptó medidas alternativas como el trabajo remoto o la licencia con goce de haber, generando una situación de desprotección material y económica durante un período de tutela reforzada. 

Asimismo, precisó que dicho tipo infractor no exige la afectación de una pluralidad de trabajadoras, siendo suficiente la vulneración de los derechos de una sola trabajadora para su configuración.

Actos de hostilidad..Sin perjuicio de ello, al analizar la infracción muy grave vinculada a la comisión de actos de hostilidad, el Tribunal advirtió deficiencias en la motivación de las resoluciones administrativas.

En particular, determinó que la imputación basada en la exposición de la trabajadora gestante al contacto con el público durante la época del COVID-19 no fue desarrollada de manera suficiente, siendo así que no se identificó la medida concreta de higiene y seguridad incumplida, así como no se acreditó adecuadamente los elementos objetivo y subjetivo necesarios para configurar un acto de hostilidad.

En ese sentido, el Tribunal concluyó que se vulneró el derecho al debido procedimiento administrativo, específicamente el deber de motivación, respecto de la infracción por actos de hostilidad, razón por la cual declaró la nulidad parcial de la sanción en dicho extremo, manteniendo la validez de la infracción relacionada con la protección de la madre trabajadora.


xxxx

ACCEDE A LA JURISPRUDENCIA:

https://drive.google.com/file/d/1GRh3-lQYiy9oRNm7A6dw-JSw8X6YTcdX/view?usp=drivesdk


No hay comentarios:

Publicar un comentario